Las sociedades matrimoniales son las fórmulas mediante las que se formaliza la creación de una unidad familiar. Se trata, por tanto, de las consecuencias legales de los casamientos, que se traducen en derechos y obligaciones.
En España hay dos tipos principales y uno secundario de estas. Así que a continuación te contamos sus características más relevantes.
La sociedad de gananciales y la sociedad de separación de bienes:
La sociedad de gananciales es la que, salvo en Baleares y Cataluña, se instaura por defecto en el resto de España cuando no se han documentado las capitulaciones matrimoniales.
La premisa de este sistema consiste en que las ganancias y pérdidas durante el matrimonio pertenecen por igual a ambos cónyuges. Se sobreentiende, por tanto, que directa o indirectamente, son los dos responsables de ambas, por lo que no procede realizar una partición de ellas.
De todas formas, este régimen incluye la condición privativa para determinados derechos, obligaciones y bienes anteriores al matrimonio, herencias, donaciones y patrimonios personales, que siguen correspondiendo individualmente a cada uno de los cónyuges.
El régimen de participación, el secundario al que nos referíamos en la introducción, por su parte, incluye también estos últimos conceptos enunciados como gananciales.
En cuanto a las sociedades de separación de bienes, se hacen efectivas, por defecto, en Baleares y Cataluña cuando no se tiene información sobre las capitulaciones matrimoniales. Este régimen considera los bienes de la relación privativos de cada uno de los cónyuges.
La necesidad de un abogado para divorcio de mutuo acuerdo o abogado para divorcio contencioso
Cuando un matrimonio se separa legalmente, es necesario gestionar los trámites y las consecuencias del divorcio. El proceso resulta más sencillo si se alcanza un pacto y se encarga de él un abogado divorcio de mutuo acuerdo. Si este no es alcanzado, habrá que contactar con un abogado para divorcio contencioso.
En definitiva, interesa el asesoramiento jurídico en cualquier caso cuando se disuelven las sociedades matrimoniales.